Los complementos alimenticios para la menopausia vendidos en farmacias ¿alimentos o medicamentos?
- Los complementos alimenticios son productos que tienen un tratamiento jurídico muy distinto a la de cualquier producto sanitario o medicamento.
- Las dudas sobre la inclusión de dichos complementos en la categoría legal de medicamentos u otra categoría es consecuencia de la carencia en las definiciones legales recogidas en el ordenamiento jurídico español
La menopausia es una etapa vital en la vida de las mujeres, las cuales pasan por múltiples cambios biológicos y psicológicos que pueden impactar sobre su calidad de vida o sus relaciones familiares o sociales.
Los síntomas de la menopausia pueden ser diferentes en intensidad y frecuencia. Mientras para algunas mujeres son inexistentes para otras pueden llegar a ser limitantes.
Para evitar estos síntomas hay numerosos preparados denominados “complementos alimenticios” a los que recurren muchas mujeres tanto por prescripción médica como por demanda personal o indicación farmacéutica.
La consideración de las plantas medicinales como medicamentos es un debate abierto ya hace tiempo pero el auge de lo natural y de la alimentación saludable hace que cada vez se utilicen más este tipo de productos naturales con connotaciones sanitarias.
La definición legal es difusa, al poderse considerar o no un medicamento, lo cual suscita dudas de las normas que les son aplicables. La obtención de la autorización de medicamentos a base de plantas exime de la obligación de realizar pruebas preclínicas y clínicas necesarias para acreditar su eficacia y seguridad de uso.
Dependiendo de las plantas, y de acuerdo con los efectos sobre la salud que producen, podrían ser consideradas en la categoría de complementos alimenticios o bien en otras. Jurídicamente se pueden considerar como “productos frontera” (aquellos que pueden encajar en diferentes categorías). Este término es acuñado para recoger la realidad de nuevos productos que se encuentran en áreas limítrofes entre las diferentes categorías como consecuencia de insuficiencias en las definiciones legales recogidas en el ordenamiento jurídico español
Finalmente, los autores del artículo consideran necesario que “el legislador habilite mecanismos más ágiles y revisiones más frecuentes de los avances de la ciencia, y que pueda cambiar la categoría de estos productos”
Más información:
Rubio Rubio, Francisco Ignacio et al. Análisis del marco legal sobre complementos alimenticios para la menopausia en farmacias comunitarias españolas
https://www.gacetasanitaria.org/es-analisis-del-marco-legal-sobre-articulo-S0213911123000043
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